El subsidio para emigrantes retornados es un beneficio económico que brinda el gobierno de España a los ciudadanos españoles que retornen al país después de haber emigrado a países que no pertenezcan al Espacio Económico Europeo, Suiza o Australia, ya que con estos países existe un convenio de protección por desempleo).
Así se solicita el subsidio para emigrantes retornados a España
El subsidio ayuda a soportar financieramente a estas personas por un tiempo determinado hasta que puedan insertarse nuevamente en el campo laboral. Tiene una duración de seis meses, pero es prorrogable por dos períodos más del mismo tiempo (es decir, hasta 18 meses).
Si usted es español y está planeando regresar próximamente a su país, acuda al Consulado de España para que puedan asesorarlo. Tenga en cuenta que, además de estar desempleado, debe cumplir otros requisitos para aplicar a esta prestación asistencial:
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- No debe tener derecho a la prestación contributiva (conocida popularmente como «paro»)
- Debe estar dado de alta (inscrito) como demandante de empleo (en busca de empleo) un mes antes de solicitar este subsidio. A este período de tiempo se le conoce como «mes de espera». Tenga en cuenta que, si finalmente usted resulta beneficiado y comienza a recibir esta ayuda económica, igual deberá mantenerse inscrito en la búsqueda de trabajo.
- Durante el mes de espera, el aspirante no debe rechazar ninguna oferta de trabajo que se adapte a su perfil profesional, ni negarse a participar en acciones que lo ayuden a su reinserción laboral.
- Debe suscribir el «Compromiso de Actividad» (comprometerse a cumplir las obligaciones derivadas de recibir este tipo de beneficio) exigido por la Ley General de la Seguridad Social, que incluye la «Búsqueda Activa de Empleo» (BAE), la cual se hace constar a través de una planilla emitida por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- En caso de tener rentas (ingresos), deben ser inferiores al 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para este cálculo no se tomarán en cuenta los pagos fraccionados de las pagas (bonos) extraordinarias.
- El solicitante debe comprobar ante las autoridades que trabajó al menos 12 meses consecutivos en el país donde se radicó antes de haber retornado a España.
Si usted reúne todos estos requisitos, debe consignar los siguientes documentos ante el Ministerio de Empleo y Seguridad Social:
- Planilla de solicitud de alta (solicitud de registro) proporcionada por el Ministerio.
- Certificado que haga constar su retorno como emigrante (Baja Consular) por parte de las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno español, donde conste la fecha de regreso y el tiempo trabajado en el país de emigración.
- Documento en el que conste que es titular de una cuenta bancaria en moneda local (euros)
La solicitud del subsidio para emigrantes retornados puede hacerse a través de la oficina virtual del Servicio Público De Empleo Estatal (Sede.sepe.gob.es) o personalmente en la Oficina de Empleo, pero en este caso deberá concertar una cita previa.
Esta cita previa puede hacerse a través del número telefónico 901 01 02 10. Para hacerla deberás introducir los cinco números de tu código postal y el sistema te asignará automáticamente la fecha, hora y lugar de tu cita.
Si prefiere hacerlo por Internet, tendrá la ventaja de poder escoger la fecha y hora que más le convenga, pero recuerde que, para tramitar prestaciones en el SEPE, debe estar dado de alta como demandante de empleo. En la página Sede.sepe.gob.es/citaprevia/solicitudCitaPrevia.do debe colocar su código postal e identificación personal y seguir las instrucciones.
Para más información, visite la página web del Servicio Público de Empleo Estatal. Este es un organismo autónomo del gobierno español, encargado de la gestión del empleo, registro público de los contratos, subvenciones de empleo a las empresas y de las prestaciones por desempleo. Desde el año 2003 sustituye al antiguo Instituto Nacional de Empleo (INEM).
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