Guía para obtener la ayuda al emigrante retornado en Madrid - InmigrantesEnMadrid.com

Guía para obtener la ayuda al emigrante retornado en Madrid

Obtener la ayuda al emigrante retornado cuando te mudas a Madrid no es un proceso muy complicado si vienes con los requisitos completos. Recuerda que la ayuda al emigrante retornado es únicamente para personas que tengan la nacionalidad española, si te vienes a España y eres de otra nacionalidad, no te corresponde.

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De acuerdo con la página web del Ministerio de Empleo de España, para solicitar el certificado de Emigrante Retornado en Venezuela puedes dirigirte ante la Consejería de Empleo y Seguridad Social el Certificado de Emigrante Retornado. El primer requisito es que debes haber trabajado en Venezuela y cotizado en el IVSS al menos un año en los últimos cinco así como estar en situación de cesante en dicha institución, y presentar la siguiente documentación:

Trabajadores/as por Cuenta Ajena (empleados):

  • Pasaporte Español. (fotocopia de las páginas que contienen los datos personales y los sellos de registro y baja consulares)
  • Impreso de la Baja Consular.
  • Constancias/s de Trabajo en la cual se señale expresamente la fecha de ingreso y de egreso. El periodo de trabajo acreditado que puede adverarse será siempre que el solicitante ostente la nacionalidad española en todo el periodo.
  • Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social (doce meses mínimo, dentro de los seis últimos años previos a la presentación de la documentación ante esta Consejería). Será válida la cuenta individual en el IVSS que aparece en la página web de ese Instituto (Debes aparecer “cesante”).

Trabajadores por Cuenta Propia (empresarios)

  • Pasaporte Español. (fotocopia de las páginas que contienen los datos personales y los sellos de registro y baja consulares)
  • Impreso de la Baja Consular
  • Dos últimas declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR) en el que se acrediten doce meses de actividad. Si el periodo no puede completarse mediante declaración, podrán justificarse los meses restantes con declaraciones mensuales del IVA (y en caso de no ser sujeto obligado a presentar dichos impuestos deberá acreditar tal condición mediante certificación emitida por el SENIAT).
  • Baja de la empresa ante el Registro Mercantil  o documento de venta de acciones.
  • Declaración Jurada de Actividad en la que conste el periodo de inicio y fin de la misma (doce meses mínimo, dentro de los seis últimos años previos a la presentación de la documentación ante esta Consejería).

Una vez en Madrid, los pasos para realizar ese trámite son los siguientes:

Debes ir a la Oficina de Empleo que te corresponda de acuerdo a tu código postal. Para buscarla entra en este enlace.

Si aún no tienes DNI, puedes ir con tu pasaporte pero te tienes que comprometer a llevar el DNI una vez lo tengas.

Recuerda que tienes que esperar un mes para poder pedir la ayuda, si en ese mes consigues empleo ya no puedes solicitarla.

En ese mes es necesario abrir una cuenta bancaria para recibir el pago. Te recomendamos abrir la cuenta bancaria en este enlace.

También debes pedir tu número de Seguridad Social, para eso debes ir a la Tesorería General de la Seguridad Social, no necesitas cita previa.

Luego ir a la Oficina de Extranjería ubicada en la Calle Silva 19 de Madrid a solicitar el certificado de emigrante retornado. Necesitas los siguientes documentos:

  • Pasaporte venezolano (en el que está el sello de salida)
  • Fotocopia de la hoja de datos
  • Fotocopia (o impresión) del billete aéreo.
  • Si lo tienes, fotocopia del talón del boarding pass
  • Volante de empadronamiento
  • DNI
  • Hoja de demanda de empleo.
  • Documentos adverados por la oficina de Consejería de Empleo y Seguridad Social en Caracas.
  • Certificado de negativo de renta del año anterior en Hacienda.

Para la solicitud del negativo en Hacienda debes ir, con cita previa, a la sede de la Administración de Hacienda que corresponde según tu código postal. Ese documento te llegará por correo postal a tu casa.

Luego que ha pasado el mes de espera, debes obtener una cita previa en el Servicio Público de Empleo, entregar los documentos anteriores e indicar tu número de cuenta bancaria. Al mes siguiente te depositarán la ayuda. Recuerda, si consigues empleo automáticamente dejas de percibirla.

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